lunes, 31 de agosto de 2009
El relevo
viernes, 28 de agosto de 2009
miércoles, 26 de agosto de 2009
Regalos y más regalos
lunes, 24 de agosto de 2009
Corto-oleajes
- Lo ideal de las vacaciones, para mi, es no estar sujeto a los horarios ni a las jerarquías. Y como tengo todo el tiempo, puedo oír en varias franjas horarias diversas tertulias; se me ocurre, que los tertulianos deberían presentarse a las elecciones, pues sus análisis, sus críticas etc... son tan contundentes que siempre parece que tengan la solución a todo.
- La Ley de la maternidad del Sr. Cotino, sigue ahí. Durante estos días, algunas noticias al respecto han ido saliendo en la prensa, como: "que las familias que acojan mujeres embarazadas tendrán una cuantía de 1000 euros" o " que se agilizarán los procesos de adopción". ¡Miedo me da todo este asunto!
- Y la reorganización del Consell para cuando? Algún rumor me ha llegado, referido a la posibilidad de que el incombustible Sr. Blasco, podría ir a Educación (es lo único que no ha tocado) a la que se uniría Turismo etc...Ya digo, es solo un rumor.
- Siempre me he preguntado si algunas declaraciones que hacen los del PP, no se puede catalogar como alguna clase de terrorismo (supuestamente), pues estar todo el verano diciendo públicamente que los poderes del Estado están comentiendo ilegalidad sin ningún tipo de pruebas, me lleva a esta pregunta.
sábado, 22 de agosto de 2009
jueves, 20 de agosto de 2009
miércoles, 19 de agosto de 2009
Demasiadas incertidumbres
martes, 18 de agosto de 2009
lunes, 17 de agosto de 2009
"No decaigamos"
Pertenencia a esta sociedad, que no solo es de "ellos" aunque así lo crean y lo manifiesten. Convicción y cambio porque así lo defiende Sábato, y yo me creo lo que él habitualmente escribe.
Quizás, en los primeros tiempos de gobierno del PP en Valencia pudimos estar desprevenidos, desconcertados y ser desconocedores de sus estrategias; ahora, que sabemos y padecemos su juego, es hora de recuperar el espacio perdido, que no es otro que "la calle".
La calle, no es solamente ir a una manifestación o a una concentración, es estar en todo el recorrido.La oposición sobre todo tiene que dejar de utilizar metafóricamente esta palabra y hacerla realidad. La oposición tiene que volver a reconocer al ciudadano y a ser reconocida.
Es difícil proponer alternativas que se asienten en un sistema de creencias, en las que el todo vale o me enriquezco a costa de los demás, o el poder lo puede todo, se sustituyan por solidaridad, reparto equitativo, poder como servicio..Hay que hacerlo! Si estos valores se transmiten con convencimiento creo que una grieta se puede reabrir.
Y siguiendo a Sábato, finalizo este breve texto y este primer día de vacaciones con una frase suya: "El ser humano sabe hacer de los obstáculos nuevos caminos porque a la vida le basta el espacio de una grieta para renacer".
PD: A lo mejor he repetido esta cita en algún escrito pasado, pero sencillamente me gusta.
viernes, 14 de agosto de 2009
Examen de Valencianidad
Como nunca he entendido-perdonen la ignorancia- qué cosa es eso de la valencianídad, y mucho menos cómo se mide semejante cualidad, ya tuve algunos problemas para asimilar el constructo en cuestión cuando en su día se le ocurrió a alguien la idea, creo que fue a un antiguo militante del FRAP, de hacer pasar por ese aro a los inmigrantes. He dicho inmigrantes y no extranjeros, vaya usted a saber por qué.
Pues bien, la designación de Pajín al Senado no va a ser tan rápida ni tan segura como fue, por ejemplo, la de Zaplana . A Leire Pajín hay que testarle la valencianídad. Yo ya he dicho que no sé qué es eso, así que no sé qué tipo de preguntas se le hará a la candidata, pero en mi ignorancia imagino que para puntuar tan magnífica dimensión las preguntas serán más o menos del siguiente jaez:
1- ¿Es ser muy valenciano admitir trajes y otros regalos de miembros de una red delincuentes?
2- ¿Es ser muy valenciano tener amiguitos del alma a los que se quiere un huevo que luego se llevan millones de euros en contratos asignados a dedo?
3- ¿Es ser muy valenciano mentir en Les Corts Valencianes?
4- ¿Es ser muy valenciano reírse del pueblo valenciano?
5- ¿Es ser muy valenciano no tener decencia?
6- ¿Es ser muy valenciano utilizar la educación de los valencianos para hacerle el caldo gordo al PP de Madrid intentando obstaculizar la acción del gobierno con absurdos experimentos en inglés?
7- ¿Es ser muy valenciano dejar sin atención a los “Dependientes” valencianos?
8- ¿Es ser muy valenciano privatizar la sanidad?
9- ¿Es ser muy valenciano dilapidar el dinero de los valencianos en fastos y en eventos sin justificación, sin explicación, y sin información?
10- ¿Es ser muy valenciano despreciar, ofender, obstaculizar la libre decisión de las mujeres que eligen abortar con absurdas iniciativas hipócritas?
No sé qué nota sacará la señora Pajín en este examen, pero si la valencianidad se parece en algo al respeto por los valencianos, el afecto por esta tierra y a sus gentes, y al compromiso de luchar por que todos los que hemos nacido o vivimos aquí lo hagamos en mejores condiciones y con más igualdad, el señor Camps, su gobierno, y su grupo parlamentario están por lo que a mí respecta, suspendidos.
jueves, 13 de agosto de 2009
miércoles, 12 de agosto de 2009
Verano azul
Vaya veranito, no se de que se ríen los populares, su alegría por el archivo del caso Gurtel en Valencia no deja de ser una pantalla que 24 horas después no se la cree nadie, el “más que amigo” del President ha promovido un sobreseimiento que está siendo comentado desde todas las instancias y cualquier jurista con conocimiento de causa aprovecha la más mínima para “poner a caldo” una apreciación jurídica que no se sostiene, contaminada, además por la presunción de amiguismo que pesa sobre ella, mucha sorpresa sería si el Tribunal Supremo no ofrece un importante varapalo a una circunstancia que solamente ha servido como huida hacia delante, además del mensaje subliminal que traslada: los regalos a los altos cargos no son malos.
Pero es que hay más, Fabra que ha ejercido de Rappel diciendo que lo suyo va a acabar igual que lo de Camps está pendiente de litigios muy serios, alguno tan poco edificante como es la falsificación de documento público, ya le vale, en todo caso ya no queda mucho tiempo para que la justicia se pronuncie y comprobemos si el señor Fabra, además de adivinar los números de la lotería, también es capaz de intuir las sentencias de los tribunales, próximamente en sus pantallas.
Ahí no acaba la cosa, este verano con tanta sonrisa popular, está suponiendo un auténtico calvario para ex altos cargos baleares detenidos como consecuencia de un periodo en el que la administración parece que estaba al servicio de intereses privados y no los de la mayoría, da la impresión que, al menos la música, nos puede resultar familiar a los valencianos. La lástima es que no se ha podido actuar debidamente hasta que no han abandonado, los presuntos implicados, los resortes del poder, amiguitos del alma incluidos, pero bueno, al final todo llega. Mientras tanto la rama Gurtel de Madrid se despacha continuamente con denuncias, a pesar de la existencia, todavía, de cajas y cajas por abrir, alguna de ella con sorpresa segura.
Cada vez resulta más difícil intuir los motivos para estar contentos los populares y además dedicar un video conmemorativo como ejemplo de transparencia y respeto a los medios de comunicación.
lunes, 10 de agosto de 2009
Del cohecho impropio como eufemismo jurídico para bribonerías
1. En términos rigurosos, el art. 426 del Código Penal acoge, desde la reforma introducida por la LO 9/1991, 22 de marzo , la modalidad tradicional de cohecho pasivo impropio, delito que comete la ” autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente”.
Es verdad que la interpretación extensiva del Código Penal llevaría a convertir el Parlamento y las Administraciones Públicas en penitenciarias ( por aquello de ir la montaña a Mahoma y no al revés) ya que pocos políticos “con mando en plaza” se resisten a la lisonja, máxime si va acompañada de detallitos de mayor o menor fuste. Y lo sorprendente es que no se aceptan por mala fe. No. Se aceptan porque a veces el “mal de altura” lleva a que los altos cargos consideren natural recibir tales detalles.
Por otra parte, la interpretación restrictiva de esta figura penal, y ajustada al principio de intervención mínima del Código Penal, unido al parentesco de este delito con el tráfico de influencias o la prevaricación llevan a constituirlo en una especie delictiva que a duras penas sale del Código Penal para condenar al delincuente.
2. Para la Sala Penal del Tribunal Supremo, en su sentencia de 13 de Junio de 2008, los requisitos del cohecho pasivo impropio son los siguientes:
“ Es preciso, en consecuencia, que concurran una serie de elementos para la afirmación del tipo: a) el ejercicio de funciones públicas por parte del sujeto activo; b) la aceptación por éste de dádivas o regalos; c) una conexión causal entre la entrega de esa dádiva o regalo y el oficio público del funcionario.
La expresa utilización del término dádiva, añadido al vocablo regalo, es bien elocuente del deseo legislativo de despejar cualquier duda acerca de la innecesariedad de un significado retributivo, por actos concretos, que inspire la entrega del presente con el que se quiere obsequiar al funcionario receptor. De ahí que no falten voces en la doctrina que adjudican al art. 426 la naturaleza de delito de peligro abstracto, idea presente en algunos de los pronunciamientos de esta Sala, como la STS 361/1998, 16 de marzo , en la que se afirma que mediante la incriminación de esa conducta se “…protege la imagen del Estado de Derecho en el sentido de preservar la confianza pública en que los funcionarios ejercen sus funciones sometidos al imperio de la ley”.
La necesidad de un enlace causal entre la entrega de la dádiva y el carácter público del receptor, también ha sido expresada por la jurisprudencia. Bien elocuente es la STS 30/1994, 21 de enero , cuando precisa que “…el término «en consideración a su función» debe interpretarse en el sentido de que la razón o motivo del regalo ofrecido y aceptado sea la condición de funcionario de la persona cohechada, esto es, que sólo por la especial posición y poder que el cargo público desempeñado le otorga le ha sido ofrecido la dádiva objeto del delito, de tal forma que si de algún modo dicha función no fuese desempeñada por el sujeto activo el particular no se hubiere dirigido a él ofertando o entregando aquélla”.
3. Bajo tal criterio, por ejemplo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en su sentencia de 13 de Junio de 2008 confirma la condena por cohecho pasivo impropio a policías que hacían uso de los servicios de un club de alterne.
En cambio, el Auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 27 de Septiembre de 2007 consideró correctamente archivada la querella de un particular frente a la Presidente del Tribunal Constitucional, y rechazaba la imputación de cohecho impropio que efectuaba el querellante cuando afirmaba que un premio de 30.000 euros de una aseguradora que se le concede por méritos jurídicos a quien ostenta la condición de Presidenta del Tribunal Constitucional, se hace por el cargo y resultaria artificioso e inverosímil pensar que podía haberse otorgado en atención a sus méritos anteriores como Catedrática de Derecho del Trabajo. Para Sevach la cuestión está clara.
4.Sin embargo frente a las eminentes precisiones técnicas de los contornos del delito del cohecho impropio, y que se resume en la versión híbrida de dos dichos populares: “ el César no debe serlo sino parecerlo cuando recibe un caballo regalado sin mirarle el dentado”, a Sevach le gustaría precisar que, a su modesto juicio, el delito de cohecho impropio no puede concebirse en abstracto sino que está constituido por tres elementos.
A) El elemento subjetivo cuanto más alto sea el cargo político mayor resistencia debiera ofrecerse para aceptar tales favores ya que el Código Penal tutelar la moralidad pública, y no se trata de crucificar al ordenanza que es invitado a un café, sino mas bien evitar el vox populi de que el Director General de turno tiene, por ejemplo, comidas pagadas por ciertos constructores o carta blanca en ciertos ámbitos conexos con su cargo, o viaja en preferente con su familia por gentileza de cierta agencia de viajes con relación institucional.
B) El elemento objetivo: la cuantía de lo regalado. Una cosa son las anchoas de Revilla a Zapatero y otra muy distinta dos trajes de 6000 euros.¿por qué?. Porque al común de los mortales (eso que en derecho se llama el hombre medio, paterfamilias o estándar) unas anchoas le parecen un detallito incluso con tinte jocoso y en cambio un traje de ese precio le parece un regalote incluso con tinte de chulería.
C) El elemento contextual: dónde y como se efectúa el regalo. No es lo mismo, un regalo en publico , con ocasión de un acto oficial de protocolo, que un regalo en la órbita privada y cuya realidad aflora fuera del control del destinatario.
Pues bien, con esos tres elementos, Sevach analizaría cada caso y determinaría si concurre o no el cohecho impropio.
Ello sin olvidar que a juicio de Sevach el gravísimo problema no es el deslinde técnico-jurídico del cohecho impropio sino otras modalidades de “cohecho invisible” al que dedicará Sevach mas adelante otro post.
5. En fin, que el cohecho impropio está pensado para “conductas impropias” de un político o funcionario, y esperemos que estas situaciones no den lugar a una absurda “caza de brujas” ya que ante conductas puramente “inmorales” lo adecuado es una conducta moral de signo contrario, o sea, bien la dimisión del político afectado en un ”ataque de dignidad” o bien fijar por ley directamente y sin rodeos la inhabilitación para la política de quienes vean que judicialmente se aprecia tal conducta innoble. Y es que entre la prisión por aceptar un regalo y la libertad si no se prueba si se pagó o no, hay un tercer camino, que no existe pero que daría donde mas duele: en la privación del cargo político ( al igual que dice la leyenda medieval respecto del lugar donde el godo Rey Don Rodrigo – al igual que Cleopatra- fue víctima de la mordedura de una serpiente: “ le mordió allí do mas pecado había”).
6. En fin, que hay que distinguir. Nadie vería culpa en que un niño lleve una manzana a su maestra de la escuela pública, pero…¿ a que paciente no le recorrería un escalofrío si en la mesa de operaciones el cirujano le confiesa para relajarle que siendo estudiante de medicina, el profesor de Cardiología aceptó el regalito de dos trajes de 4000 euros?.
Humano es que una persona luche por el bien de los suyos, pero cuando utiliza el cargo para dejarse llevar por la corriente, pues lo humano deja paso a lo diabólico. Y ya se sabe, en el rascar y en el prevaricar, todo es empezar…
Visto en la Red
viernes, 7 de agosto de 2009
jueves, 6 de agosto de 2009
El Magnificat
Prefiero seguir inmersa en ella, para no escuchar el cinismo, la prepotencia, el desprecio... de los dirigentes del PP.
Prefiero perderme en la melodía de las voces de esta obra, a sentir la indiferencia de la ciudadanía; a aceptar que en la CV prefiramos un gobierno de “deshonrats” como diría mi abuelo.
Nos gusta, que el Sr. Camps y los suyos hagan con las Instituciones Públicas lo que quieran para su beneficio, pero manifestamos con contundencia, que si un niño de 8 o 9 años se salta un norma en su escuela, se le aplique un expediente disciplinario y se le expulse. Manifestamos con la verdad de los justos, que si un joven preso de su adicción, comete algún robo, poco menos se le ejecute.
¿Dónde está el principio de igualdad?. Y ahora va y me entero que el Sr. Camps en su posible remodelación del Consell, quiere incorporar a Costa.
Lo dicho, ante este desagradable barullo, me permito seguir con mi amigo BACH.
miércoles, 5 de agosto de 2009
No todos piensan igual
Voto particular que formula el Magistrado Juan Montero Aroca
La discrepancia con la mayoría de la Sala que se expresa en este voto particular no afecta a los pronunciamientos de la parte dispositiva del Auto que se enumeran con los ordinales primero a cuarto. La discrepancia se centra en el ordinal quinto y, dentro del mismo, solamente en la estimación de los recursos, con el consiguiente sobreseimiento, de los Sres. Camps, Campos y Betoret; por tanto, tampoco se discrepa de la estimación del recurso, con el sobreseimiento, del Sr. Costa. En los términos dichos la discrepancia responde a dos dudas. La mayoría de la Sala considera, con razones perfectamente atendibles, que existe seguridad en la conclusión de que los hechos imputados a los Sres. Camps, Campos y Betoret no sonconstitutivos de delito y lo hace asumiendo la que estima jurisprudencia del Tribunal Supremo. Las dudas de este Magistrado radican, primero, en si los hechos pudieranser constitutivos de delito y, segundo, en que no está convencido de que la jurisprudencia reseñada en el Auto responda a la interpretación que estima adecuadadel artículo 426, primer inciso, del Código Penal. En el tramite en que se encuentra el proceso la decisión que decrete el sobreseimiento debería responder a la seguridad (en sentido jurídico) de que los hechos no son constitutivos de delito, mientras que la decisión sobre la continuación del proceso se basaría, simplemente, en que los hechos pudieran ser constitutivos de delito; en un caso no son y en el otro pudieran ser. Pues bien, este Magistrado no está convencido de que los hechos imputados a los Sres. Camps, Campos y Betoret no sean constitutivos de delito. Ese no convencimiento radica en que el tipo del artículo 426, inciso primero, requiere, sí, que la dádiva tenga algún sentido o adecuación a la función de la autoridad o del funcionario, de modo que no quepa decir que no existe relación alguna (y por esto se comparte el sobreseimiento del Sr. Costa, dada su condición de diputado en las Cortes Valencianas, no de miembro de los órganos de gobierno de la GeneralidadValenciana), pero no parece a este Magistrado que ese tipo penal tenga que requerir una relación de causalidad, por lo menos en los términos que en el Auto se dice yrespecto de los Sres. Camps, Campos y Betoret. Según el parecer de quien formula este voto particular esa falta de convencimiento le debe llevar a discrepar de la mayoría de la Sala, de lo que deja constancia por medio de este voto particular. En Valencia y a uno de agosto de dos mil nueve. Fdo. Juan Montero Aroca Ante mí, doy fe.
(Auto del TSJ de la C. Valenciana, pág. 64)
Sin comentarios, cada un0 que extraiga conclusiones
lunes, 3 de agosto de 2009
Helados
Ahí van, a modo de listado las últimas novedades de la gestión campsista en nuestra tierra:
- El registro de fetos. El conseller Cotino, ¿que pretende con esto? ¿Asustarnos?. A mi si y mucho.
- La convocatoria del Consejo Territorial de la Dependencia, también por el Sr. Cotino. Avisando un viernes a última hora a los Ayuntamientos, para realizar la reunión el miércoles 29 de Julio, sin posibilidad de preparación pues los documentos a tratar no se remitieron. Alguien puede decir que la Administración no cierra por vacaciones, es cierto, pero también lo es que la citada convocatoria tenía intenciones ocultas.
- Las prácticas de los Puntos de Encuentro. Siguen sin ser inspeccionados. La pregunta es la misma ¿a que control están sometidos? ¿Que acciones pedagógicas, psicológicas están realizando? ¿Son los menores los principales sujetos de protección? ¿En que estado se encuentran las denuncias en Fiscalía?. Me preocupa bastante este tema y considero que al menos, los Colegios Profesionales (Psicólogos, Trabajo Social, Educador Social), deberían hacer un seguimiento minucioso de las tareas profesionales.
- Titular de EL País del domingo 2 de Agosto : SANIDAD PRIVADA PARA EL 20% "En 2010, la atención pública de 945.000 valencianos dependerá de empresas".
Y para acabar, lo último que vamos oyendo sobre el posible archivo de las causas abiertas a Camps, Costa...


