miércoles, 14 de abril de 2010

Canción Apoyo Juez Garzón



Pocas actuaciones judiciales han dividido tanto a la población civil como a la comunidad jurídica,como el juicio penal abierto al magistrado Baltasar Garzón por presunta prevaricación cometida al embarcarse en la instrucción de los crímenes del franquismo pese a la existencia de la Ley de Amnistía de 1977 que cerraba toda responsabilidad derivada de la guerra civil. El problema queda centrado en decidir si puede apreciarse prevaricación judicial cuando el Juez Garzón ha aplicado un criterio de asunción competencial que por un lado, parecen compartirlo varios Juzgados de Instrucción y que la propia decisión de la Audiencia Nacional renegando de tal competencia, contó con el Voto particular nada menos que de tres magistrados.

Parece claro que el asunto era al menos defendible y contaba con una apoyatura jurídica razonada, endeble a juicio de la tesis dominante, pero suficiente para que otros jueces la asumieran como propia. Tampoco puede ignorarse que el Derecho no es una ciencia exacta, que la revocación de sentencias por Tribunales superiores es normal aunque no habitual y que el Juez es llamado por la Constitución para aplicar la Ley y solventar conflictos precisamente porque caben varias interpretaciones.

Resulta inconcebible desde el punto de vista jurídico que el Tribunal Supremo realice una imputación a un juez instructor, por un tema competencial, cuando menos discutible. Resulta ridículo apreciar indicios de delito en una decisión judicial discutible y discutida, pero no arbitraria, ni injusta, ni flagrantemente contradictoria con la legalidad vigente. Además cual es el perjuicio causado con la actuación del juez Garzón, que personas o que bienes jurídicos han resultado injustamente perjudicados o beneficiados.

Si el criterio que aplica el TS en este caso lo aplicaran todos los Tribunales en todos los casos, la plantilla judicial se reduciría a la mitad, teniendo en cuenta que se presupone que las decisiones judiciales aciertan en un 50%,

Pero es que además ¿La Ley de Amnistía de 1977 no quedó ya derogada de facto por los Tratados Internacionales firmados por España, en los cuales se condenan los crímenes contra la Humanidad y se declara inextinguible la responsabilidad penal de los criminales? ¿Cuál es el problema en querer reparar a las víctimas de los crímenes franquistas? ¿A quién se molesta?

4 comentarios:

  1. muy acertado este articulo y el video de apoyo a Garzon, con lo que le está cayendo a él y a esta supuesta sociedad democráticay libre.
    Pd.- Ha sido coincidencia este artículo con el día de la república?
    ¡¡¡¡ POR LA TERCERA REPUBLICA !!!

    ResponderEliminar
  2. Desde luego, estoy plenamente de acuerdo.No entro a valorar al juez Garzón, que con sus luces y sombras es un juez respetable y valiente, que ha intervenido en todo tipo de asuntos sin partidismos y sin casarse con nadie.Repugna que detrás de su posible inhabilitación por investigar sobre las víctimas del franquismo esté nada más y nada menos la extrema derecha.

    ResponderEliminar
  3. Y por supuesto,hoy, un viva a la República,no faltará de mi boca.

    ResponderEliminar
  4. Pues a mi el juez Garzón me cae como el culo, pero ese mal feeling mio (porque no nos conocemos personalmente, si no sería mutuo), no se puede contrarrestar con unas actuaciones desproporcionadas que acaban lesionando los derechos de miles de españoles que quieren recuperar a los suyos. Ningún mal rollo entre seres humanos se puede solucionar pasando por encima de los derechos de los que no tiene nada que ver en ello.
    por cierto, tremendolo del Supremo que dará una rueda de prensa a la prensa "extranjera" explicándole los motivos, lo primero que deberían hacer es explicárselo a los ciudadnos de este pais.

    ResponderEliminar

Los comentarios no están sometidos a ningún tipo de censura previa. Esperamos respeto en ellos.

Gracias por participar.