sábado, 26 de abril de 2008

NORMAS Y AMOS


Las normas, en general, se establecen para facilitar la convivencia entre los ciudadanos. Existen normas morales, religiosas, jurídicas. Estas últimas, a diferencia de las otras, son de obligado cumplimiento por todos los ciudadanos y se dictan para ordenar los servicios, facilitar los trámites, orientar a los ciudadanos en su desenvolvimiento social. Se entiende que previo a ese establecimiento de normas existe una situación que requiere ser ordenada y un interés del legislador por clarificar esta situación. Estas normas establecen un marco de seguridad para el ciudadano, porque todos sabemos a que atenernos, ante determinadas situaciones. Y en una democracia esta obligación lo es tanto para el legislador como para el legislado. Sin embargo nos encontramos con hechos que evidencian que algunos cargos públicos entienden que una vez dictada la norma, su aplicación depende de quien “manda”. Hay casos -demasiados- en los que se confunde la función del “administrador” (para éso está la administración pública y no para otra cosa: para administrar los bienes y servicios públicos de todos los ciudadanos) con la del “amo” (esto es mío y aquí mando yo). Sirva como ejemplo esta noticia aparecida en prensa el 10 de abril y que ha pasado casi desapercibida:


El Fiscal Jefe de Castelló comunica al Juzgado Decano de Instrucción para que inicie proceso penal contra Francisco Baila por actuaciones como director territorial de Educación en Castellón.

El acto administrativo realizado por el Sr. Baila en su calidad de Director Territorial de Educación de Castellón y objeto de una denuncia anterior de CCOO PV fue la resolución firmada por él por la que con fecha 28-09-06 eran admitidos en el Centro Ntra. Sra. de la Consolación 35 alumnos, en el Centro Ramiro Izquierdo, 31 alumnos y en el Centro madre Vedruna-Sagrado Corazón (Carmelitas) 18 alumnos. Esas resoluciones tienen una motivación falsa (“necesidades de escolarización”), cuando todos los alumnos ya estaban matriculados.
Ese mismo comportamiento lo volvió a repetir en el inicio del curso 2007-2008 con el Colegio Ntra. Sra. de la Consolación. Con fecha 10-09-07 el centro recibió del Sr. Baila dos grupos de resoluciones de escolarización nominales con un aumento de la ratio correspondiente a alumnado de tres años. Ese incremento se hizo en contra del informe del Inspector del centro y después de que CCOO PV le llamase la atención de manera clara y distinta sobre la ilegalidad de las Resoluciones por lo que desde CCOO entendimos que se había cometido un presunto acto de prevaricación que alteraba gravemente el proceso legal de matriculación del alumnado castellonense y tenía una muy mala influencia en la sociedad por cuanto se traslada a esta la idea de que la leyes no se cumplen y no sucede nada a quienes las incumplen.”

LLUNA

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios no están sometidos a ningún tipo de censura previa. Esperamos respeto en ellos.

Gracias por participar.